Bienvenidos

He creado este blog para acercar a la gente unos breves conocimientos sobre economía, de tal manera que puedan llegar a entender ciertos aspectos del día a día del ámbito económico.

Las publicaciones que hago van relacionadas bien con conocimientos económicos, para que os sean más cercanos, o bien con artículos de opinión. Estos últimos son variados, pudiendo ser críticas sociales o comentarios sobre noticias y declaraciones que hayan estado surgiendo en los medios.

Las fuentes de las que obtengo la información es o bien de periódicos especializados en economía o bien de libros universitarios o bien de mi propia experiencia. Si alguien ve algún error, por favor no dude en comunicármelo y así podré corregirlo, al igual que si queréis que realice alguna entrada en especial.

Por último agradecer los comentarios que recibo por email, gracias por vuestro apoyo!!

martes, 24 de diciembre de 2013

FELIZ NAVIDAD

¡¡¡¡FELIZ NAVIDAD A TODOS MIS LECTORES!!!

Espero que hoy, esta noche, todos vosotros os reunáis con vuestras familias y paséis una noche de ensueño.

Y para todos aquellos que esperan a Papá Noel, el Niño Jesús u Olentzero (y demás gente que ofrece regalos sin contrapartida), decirles que mantengan la ilusión durante la noche, y que mañana por la mañana se levanten como si de niños se tratase, con los nervios de abrir los regalos.


Feliz Navidad a todos.

Jon



martes, 3 de diciembre de 2013

Tipos de arrendamientos: financiero y operativo

Hola compañeros/as, hoy veremos qué es un arrendamiento financiero y uno operativo y cómo se contabilizan cada uno de ellos.

Un arrendamiento es un alquiler, en el que el arrendador alquila un bien al arrendatario. Existen dos tipos, el financiero y el operativo.
En el arrendamiento financiero, se transfieren todos los riesgos y beneficios del activo que se está arrendando, con la peculiaridad de que se produce una transferencia de la propiedad.
En el arrendamiento operativo en cambio, es por ejemplo el alquiler de un local en el que no se transfieren todos los riesgos y beneficios del activo.

Si aun así seguís teniendo duda de cómo identificar uno financiero de uno operativo, mirad si hay una opción de compra, porque de haberla, es financiero. Además, será un arrendamiento financiero si cumple alguno de los siguientes puntos:

  • Contratos en los que la propiedad del activo se transfiere al finalizar el arrendamiento.
  • Contratos en los que la vida útil del activo coincida con el período de alquiler.
  • Si el valor actual de los pagos supone casi la totalidad del Valor Razonable (de mercado).
  • Cuando el activo sea útil solamente para el arrendatario (una máquina que sólo la puede usar él, por ejemplo).
  • El arrendatario puede cancelar el arrendamiento y asume las pérdidas del arrendador.
  • Los resultados derivados de las fluctuaciones en el Valor Razonable del importe residual, recaen sobre el arrendatario.
  • El arrendatario puede prorrogar el arrendamiento, siempre que las cuotas sean inferiores a las del arrendamiento anterior.
En cuanto a cómo se contabilizan, en el caso de un Arrendamiento Financiero hay dos perspectivas. Una es la del arrendador y otra la del arrendatario.

La del arrendatario sería:
  • Primero se realiza el contrato de arrendamiento. En él te tienes que dar de alta el activo, ya que te han traspasado todos los riesgos y beneficios. Asimismo contraes una deuda a corto plazo por las cuotas e intereses a pagar este ejercicio y una deuda a largo plazo por el resto.


DEBE

HABER

 

(2) Inmovilizado

(174) Acreedores por arrendamiento Fcro l/p                       (capital pendiente)

(524) Acreedores por arrendamiento Fcro c/p                      (Amortización capital)
  • Cuando pagues los intereses a final de año, lo que haces es registrarte un gasto y aumentas la partida (524) que después, junto con la cuota, pagarás.
DEBE
HABER
(662) Gastos Fcros
(524) Acreedores por arrend.Fcro c/p

 
  •  A final de año, pagas la cuota más los intereses, dándote de baja el importe que tenías en la (524) y reflejando que te sale dinero del Banco.
DEBE
HABER
(524) Acreedores arrendamiento Fcro c/p
(572) Bancos

  •  El día 1 de enero, la deuda que tenías a largo plazo, ahora es a corto, por lo que lo que hacemos es reclasificar, cambiar de nombre a la cuenta para no liarnos cuando hagamos la contabilidad.
 
DEBE
HABER
(174) Acreedores arrendamiento Fcro l/p
(524)Acreedores arrendamiento Fcro c/p


La contabilidad del arrendador sería:
  •  En la firma del contrato, te tienes que dar de baja el activo que vas a alquilar, y dar de alta la deuda que el arrendatario ha contraido contigo. Pero ojo, cuando realizas el contrato, te tienes que registrar bien una pérdida o bien un beneficio por la transacción. Algunos diréis qué sentido tiene hacer una operación si sabes que vas a tener una pérdida haciéndola, pero la cosa es que igual si no la haces, y tienes ese activo en tu propiedad, pierdes más dinero por no usarlo (es un ejemplo, hay mil más).
DEBE
HABER
(243) Crédito l/p enajenación inmovilizado
(2) Inmovilizado (dar de baja inmovilizado)
(543) Crédito c/p enajenación inmovilizado
(77) Bº enajenación inmovilizado  (posible beneficio)
(67) Pª enajenación inmovilizado (posible pérdida de venta)
 

  •  Igual que en el caso del arrendatario, tu obtienes unos ingresos por los intereses que genera el alquiler del bien/activo. Dichos ingresos los cobrarás junto con la cuota en el siguiente punto, por lo pronto,  tienes que aumentar la partida (543) para reflejar el ingreso.

DEBE
HABER
(543) Crédito c/p enajenación inmovilizado
Ingresos de créditos

  • Ahora llega el cobro que he mencionado, por un importe que será igual a la suma de los intereses y de la cuota. Este importe lo que hará será ir directamente a la cuenta de tu banco.

DEBE
HABER
(572) Bancos
(543) Créditos c/p enajenación inmovilizado

  • Como en el caso anterior, tenemos que reclasificar la deuda que el cliente tiene con nosotros de largo plazo a corto plazo.

DEBE
HABER
(543) Crédito c/p enajenación inmovilizado
(253) Créditos l/p enajenación inmovilizado


En cambio, en el Arrendamiento Operativo, como es un alquiler normal, sería:

Para el arrendatario:


DEBE

HABER

(621) Arrendamientos y cánones

(572) Bancos
  Para el arrendador:

DEBE
HABER
(572) Bancos
(752) Ingresos por Arrendamientos