Bienvenidos

He creado este blog para acercar a la gente unos breves conocimientos sobre economía, de tal manera que puedan llegar a entender ciertos aspectos del día a día del ámbito económico.

Las publicaciones que hago van relacionadas bien con conocimientos económicos, para que os sean más cercanos, o bien con artículos de opinión. Estos últimos son variados, pudiendo ser críticas sociales o comentarios sobre noticias y declaraciones que hayan estado surgiendo en los medios.

Las fuentes de las que obtengo la información es o bien de periódicos especializados en economía o bien de libros universitarios o bien de mi propia experiencia. Si alguien ve algún error, por favor no dude en comunicármelo y así podré corregirlo, al igual que si queréis que realice alguna entrada en especial.

Por último agradecer los comentarios que recibo por email, gracias por vuestro apoyo!!

martes, 26 de noviembre de 2013

Deterioros de Valor y Amortización

Un deterioro de valor se da cuando un bien que posees pierde valor a lo largo del tiempo, ya sea por su uso o porque se va haciendo viejo o simplemente pasa de moda. El ejemplo más claro es cuando te compras un coche, que no cuesta lo mismo uno nuevo, que un seminuevo o un kilómetro cero.

En función del bien y del uso que se le dé, al deterioro lo llamaremos "amortización", "pérdida" o simplemente "deterioro". También comentar un último punto, y es que existen deterioros reversibles y deterioros irreversibles.La diferencia entre pérdida, deterioro y amortización es sencilla.

La pérdida se da cuando, por ejemplo, se incendian tus existencias o tu coche. Ya no vas a poder volverlo a usar o vender. A eso se le llama un deterioro irreversible, en el que incurres en una pérdida. A efectos contables, reflejarías la pérdida en la cuenta de Pérdidas y Ganancias y darías de baja ese "inmovilizado" o bien que ha sufrido el incendio. El asiento sería este:

DEBE
HABER
(69x) Pérdida por deterioro
(2x) Inmovilizado


La amortización es un deterioro de valor que se va produciendo a lo largo de un tiempo fijado y que muestra cómo, a través del uso del bien, se ha ido deteriorando. En este caso se cargaría un gasto en la cuenta de PyG por el importe que se amortiza todos los años (casi siempre sabes cuánto se amortiza cada año tu bien) e irías abonando una cuenta de activo (es la única que está en el activo con signo negativo) por el mismo importe. En caso de que quieras vender el bien, el valor en ese momento será lo que te costó comprarlo o producirlo menos la amortización acumulada. El asiento contable sería el siguiente:

DEBE
HABER
(68) Dotación/Gasto de amortización
(28) Amortización acumulada

Por último están los deterioros reversibles. Esto es, pongamos que te dedicas a vender camisetas a 100€ cada una y que de la noche a la mañana dejan de estar de moda y pasan a valer 30€. Acabas de perder 70€, y eso se contabiliza reflejando un gasto (por 70€) en forma de "pérdida por deterioro" en la cuenta de PyG y a su vez dejando constancia en el activo de cuánto menos cuestan tus camisetas.

Básicamente en el balance tuyo, aparecerán tus camisetas por 100€ y debajo un deterioro de valor de 70€. Entonces, para alguien que analice tus cuentas, con hacer la resta, verá que tus camisetas a día de hoy valen 30€.

DEBE
HABER
(69x) Pérdida por deterioro
(29) Deterioro de valor

Ahora pongamos que pasado un tiempo, la moda de tus camisetas vuelve y éstas pasan de valer 30€ cada una a 80€. Con lo cual, en realidad en vez de haber perdido 70€ como hemos dicho antes, sólo has perdido 20€, así que deberás de minorar ese deterioro por la diferencia (70-20=50€). A esto se le llama Reversión del Deterioro El asiento contable sería el siguiente:

DEBE
HABER
(29) Deterioro de valor
(79) Reversión del deterioro

jueves, 14 de noviembre de 2013

Cómo contabilizar un Factoring

Al igual que expliqué la semana pasada cómo se contabilizaban los Efectos Comerciales, hoy haré lo mismo con el Factoring. Si no lo recordáis, hace justo dos años escribí la Diferencia entre Factoring y Confirming, y creo que es el momento de darle una vuelta de tuerca al Factoring. Básicamente un Factoring es cuando una compañía cede la gestión de cobro de un cliente a otra empresa. Es externalizar el departamento de cobros y puede ser de dos tipos: con o sin anticipo.

Que sea Con Anticipo significa que la compañía X le vende a un cliente y éste le dice que le pagará en un mes. Entonces, la compañía X tiene la opción de ir a su banco y éste le adelanta el importe que el cliente le ha dejado a deber. En este caso, puede ser que la compañía X tenga contratado lo que se llama "Factoring Con Recurso" o "Factoring Sin Recurso".

En el caso de Factoring Con Recurso, el riesgo de impago recae sobre la compañía X, de tal manera que si el cliente no paga, el banco le va a pedir a X que le devuelva el dinero prestado.
  • Primero se realiza la venta
  • El banco acepta la operación de factoring y te adelanta el importe de la factura, menos una comisión por adelantártelo.
    • Se produce el pago por parte del cliente
    • No se produce el pago por parte del cliente

En el caso de Factoring Sin Recurso, el riesgo de impago recae sobre el banco, de tal manera que si el cliente no paga, la compañía X se desentiende, y es el banco el que tiene que luchar para cobrar la deuda. Evidentemente, siempre que transfieres un riesgo a un banco, éste por asumirlo te va a cobrar más por este servicio que por uno Con Recurso.
  • En este caso, el asiento de "Se realiza una venta" es igual que en el caso anterior.

Que sea Sin Anticipo significa que, al igual que antes, se realiza una venta a crédito y llevas al banco la factura, pero éste solo se preocupa de cobrarla por ti, no te adelanta en ningún momento el importe de la factura, es como externalizar el departamento de cobros.
  • Se realiza la venta 
    • Se produce el pago por parte del cliente 
    • No se produce el pago por parte del cliente 

viernes, 8 de noviembre de 2013

Los Efectos Comerciales

Un Efecto Comercial es un mecanismo de cobro/pago, como puede ser el dinero en efectivo o un préstamo. También son conocidos como "Letras de Cambio". Es como el pago aplazado y su vencimiento es siempre por periodos inferiores a un año. Su funcionamiento contable es el siguiente (los números al lado de las cuentas es el código por el que figuran en el Plan General de Contabilidad).

Imaginemos que se realiza una venta y el cliente nos lo deja a deber. Posteriormente nos dice que nos va a pagar mediante un Efecto Comercial a 30 días. Por tanto tienes que dar de baja la partida "Clientes", que al ser un activo, se elimina poniéndolo en el Haber (derecha). Asimismo damos de alta el "Efecto comercial a cobrar" que como es un activo, crece poniéndolo en el Debe (izquierda).
 
 
Entonces tu puedes hacer dos cosas:
 
1- Llevarla al Banco para que te gestionen el cobro y tu te despreocupas. Entonces, lo que hacemos es reclasificar (cambiar de nombre a la cuenta), y lo hacemos dando de baja el Efecto Comercial a Cobrar y dando de alta el Efecto Comercial Gestión de Cobro.

  Ahora hay dos situaciones posibles:
      1.a- El cliente incumple y no paga cuando llega el vencimiento. Entonces lo normal es que negocies una nueva letra con el cliente (de ahí que demos de alta otro Ef. Com. a Cobrar), cambiándola por el Efecto Comercial en Gestión de Cobro que teníamos antes, y registrandonos un gasto por Servicios Bancarios en concepto de comisiones bancarias (hay que tener en cuenta que si hay un banco de por medio, va a querer ganar dinero por cada operación).

 
       1.b- El cliente cumple y paga al vencimiento. Es una situación en la que el efecto que nos estaba gestionando el cobro el banco, es pagado e ingresado en nuestra cuenta (la cuenta "Bancos" significa que nos entra dinero en nuestra cuenta) menos una comisión que se la lleva la entidad bancaria (Servicios Bancarios).

 
 
2-Pongamos que no puedes esperar a que pasen esos 30 días, tu necesitas el dinero ya y vas al banco a que éste te adelante el importe. A este proceso se le llama "Descontar un Efecto". Hay que tener en cuenta que tanto si el cliente paga como si no paga, en el momento en el que la entidad bancaria nos adelante el dinero, no nos dará el importe total del efecto, sino que nos dará menos, ya que éste se te cobra una comisión por adelantarte el dinero.
 
 
 
    2.a- El Banco asume el riesgo de impago del efecto y por tanto, como asume un riesgo, la comisión que te cobra es mayor que si no lo asume. Nosotros ya nos olvidamos, da igual que el cliente pague o no pague, se nos es ingresado el importe del efecto menos la comisión de la entidad bancaria. A este proceso se le llama "Descuento con Recurso".
 
 
    2.b- El Banco no asume el riesgo de impago del efecto, de tal manera que si el cliente no paga el día 30, la entidad de crédito te exigirá a ti el importe de la letra. A este proceso se le llama "Descuento sin Recurso".
  
 
         2.b.a.- Pongámonos en el peor de los casos, el cliente no paga a los 30 días, entonces la entidad bancaria te exigirá a ti el importe del efecto. Primero te hará devolver el importe que te ha prestado y cancelarás la deuda que tenías con la entidad bancaria, además del "gasto financiero" que habrás tenido que desembolsar porque tu cliente no ha pagado (si, estás tu pagandole al banco porque tu cliente no ha cumplido).
En ese momento tenemos que reclasificar (renombrar) el efecto comercial a cobrar, que como no se ha cobrado, pasa a estar impagado.
 
Lo normal es que si, pasado un tiempo, el cliente te dice que sí que te va a pagar el Efecto, tu le emitas uno nuevo pero no por el mismo importe, sino por un importe mayor. Esto se debe a que le estarás añadiendo los gastos que te ha hecho pagar con el anterior efecto.
 
          2.b.b-También puede que el cliente cumpla, pague y tu deuda con el banco quede saldada. En tal caso darás de baja la deuda que tenías con el banco (poniéndolo en el Debe) y des de baja el efecto que te dió en su día (poniéndolo en el Haber).